El 'caso Sáenz' y la corrosión institucional

La condena, el indulto y la eventual separación de Alfredo Sáenz como número dos del banco más importante de España y de la Eurozona se ha transformado en un elemento de corrosión institucional que ha contribuido en no poca medida a la situación de zozobra y desconcierto que vivimos.

Los ciudadanos asisten atónitos a una partida de ajedrez que se libra al más alto nivel del Estado y donde no siempre está claro qué manos mueven las piezas, aunque saben que hay mucho poder, dinero e influencias en juego.

Sáenz fue condenado por presentar una querella falsa a una pena leve que fue confirmada en febrero de 2011. El Banco de España, que dirigía Fernández Ordóñez y que debió inhabilitarlo automáticamente, se tomó su tiempo para estudiar el asunto. Era evidente que separar de su cargo a un gestor tan acreditado cuando el sector bancario era objeto de la sospecha de todos los analistas del mundo, sólo podía agravar nuestra crisis.

Mientras el regulador titubeaba, Sáenz fue indultado por el Gobierno de Zapatero cuando éste se hallaba en funciones, con una insólita adenda del ministro de Justicia Francisco Caamaño que pretendía limitar los efectos de la condena. Un recurso de los agraviados por la falsa querella del banquero prosperó y el Supremo debe pronunciarse ahora sobre la legalidad del indulto.

El Banco de España, esta vez dirigido por Luis María Linde, podía haber separado al banquero de su cargo en octubre, cuando la Sala Penal del Supremo aclaró que los antecedentes penales son independientes del indulto, pero no lo hizo porque sus Servicios Jurídicos consideraron que el perdón tenía efectos blanqueadores.

Ahora, Luis de Guindos está promoviendo una reforma del Real Decreto 1245/1995 con la excusa de que el acuerdo que propició el rescate bancario lo exige. Sin embargo, si con la norma anterior -que contemplaba un automatismo absoluto entre la condena y la inhabilitación- el Banco de España se hizo el remolón hasta permitir el indulto de Sáenz, la nueva ley deja en manos del regulador todo el poder de decisión, pero incluye siete consideraciones para proceder a la separación de un alto cargo. Los expertos creen que éste es un amplio abanico de posibles escapatorias que introduce una gran discrecionalidad en vez de clarificar y hacer más objetivo el proceso.

Si con un texto legal tan claro como el 1245/1995 el Banco de España se ha puesto reiteradamente de perfil ante un caso evidente de inhabilitación, no es necesario tener mucha imaginación para adivinir qué pasará con siete condicionales añadidos. Es evidente que el problema aquí no está en las leyes sino en la debilidad de nuestras instituciones.

john.muller@elmundo.es